CLAUSULAS
PRIMERA : para los efectos del articulo de la ley federal del trabajo, la señora Andrea Guadalupe Gutierrez Pacheco declara que su representada es una sociedad mexicana dedicada a procedimiento de realización de una mermelada con domicilio francisco villa 7 y que acreditara su personalidad con "MERMEX"
El trabajador declara:
Llamarse Juan Carlos Garcia Ruiz edad 27 estado civil soltero nacionalidad Mexicana y con domicilio en calle cándido navarro 17.
SEGUNDA: Este contrato se celebra por un tiempo determinado de 90 días, con vencimiento en la fecha 5 de julio en virtud de que el trabajador sustituirá durante ese tiempo al señor Juan de Dios Mexicano Velez con motivo de mandarlo al extranjero para su capacitación de este en la presentación de capacitación de su mayor desempeño
TERCERA: El trabajador se obliga a prestar los servicios personales que se especificaren la clausula anterior subordinarnos jurídicamente al patrón con esmero y beneficencia en las oficinas(o detalles) del patrón y en cualquier de esta ciudad donde el patrón desempeñe actividades
queda expresamente convenido que el trabajador actara en el desempeño de su trabajo todas las disposiciones del reglamento interior de trabajo. todas las ordenes, circulares y disposiciones que dicte el patrón y todos los ordenamientos legales que le sean aplicables
CUARTA: La duración de la jornada sera de 8 horario diarias de lunes a viernes con el siguiente horario (se especifica las horas) por lo que contribuye una jornada semanaria de (se especifican horas en total)
QUINTA: Cuando por circunstancias extraordinarias se aumenta la jornada de trabajo, los servicios prestados durante el tiempo establecido para las horas de trabajo normal.
Tales servicios nunca podrán exceder las las tres hora diarias y de tres días por semana;en la inteligencia de que el trabajador no esta autorizado para laborar el tiempo extraordinario, salvo que haya orden expresa y por escrito del representante del patrón en caso que se excedan las horas posteriores se pagaran triples, de acuerdo al ar.LFT6-No.-67 y 68.
SEXTA: El trabajador esta obligado a checar su tarjeta o a firmar las listas de asistencia a la entrada y salida de sus labores por lo que el incumplimiento d ese requisito indicara la falta injustificada a sus labores para todos los efectos legales ademas cumplirán con la función de ayudante de casina y las tareas de:
1.- De 7:00 am a 7:10 checa entrada
2.- De 7 10 a 7:30 lavado de manos, colocación de cofia y zapatos de seguridad.
3.- De 7:30 a 7:45 recoger las materias primas de almacenamiento como son: fruta, azúcar, pectina, ácido cítrico, colorantes naturales, rapaz, frascos, etiquetas cajas para empaque internas y externas.
4.- De 7:45 a 8:00 lavado y desinfectado de frutas.
5.- De 8:00 a 10:00 esterilizar y secado de frascos.
6.- De 10:00 a 10:30 refrigerio en el área del comedor.
7.- De 10:30 a 2:00 ayudar al cocinero en la elaboración de la mermelada.
8.- De 2:00 a 2:30 lavado de los utensilios de cocina incluyendo mesas y frutas.
9.- De 2:30 a 3:00 lavado de bata y colocado de zapatos en el locker.
10.- De 3:00 a 3:10 hecho checa salida.
SÉPTIMA: El trabajador percibirá , por la prestación de los servicios a que se refiere este contrato, un salario de $2000 pesos diarios, al cual se aplica la parte proporcional corres´pendiente al descanso semanal conforme a lo dispuesto en el articulo 69 de la ley federal del trabajo. el salario se le cubrirá los días sábados de cada semana laboral vencida en moneda de curso legal y en las oficinas del patrón estando obligado el trabajador a firmar las constancias de pago respectivas teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos de dicha ley.
OCTAVA: Por cada 6 días de trabajo el trabajador tendrá un descanso semanal de un día con pago de salario integro, conviniendo se en que dicho descanso lo disfrutara el día domingo de cada semana.
Tanbiem disfrutara de los días de descanso obligatorio con un pago de salario integro señalados en el articulo de la ley federal del trabajo que caiga dentro de la temporalidad de este contrato.
NOVENA: El trabajador percibiera por concepto de vacaciones una remuneración proporcionada el tiempo de servicios ´prestados con una prima del 25% sobre los salarios correspondientes a las mismas teniendo en cuenta el termino de la relación del trabajo con arreglo a lo dispuesto a los artículos 87 de la ley federal del trabajo.
También percibirá con base en un aguinaldo anual fijado en el equivalente a días de salario la parte proporcional al tiempo trabajado, conforme al párrafo segundo del articulo 87 de la ley laboral.
DÉCIMA: En caso de faltas injustificada de asistencia al trabajador se podrán deducir dichas faltas del periodo de presentación de servicios computables para fijar las vacaciones reduciendo ce estas proporcionalmente.
DÉCIMA PRIMERA: El trabajador conviene en someterse a los reconocimientos médicos que periódicamente ordene el patrón en los términos del articulo 134 fracción 10 de la ley federal del trabajo en la inteligencia de que ele medico que li practique sera declinado y retribuido por el patrón.
DÉCIMA SEGUNDA: El trabajador sera capacitafo en los términos de los planes y programas establecidos (o que se establezcan) por el patrón conforme a lo dispuesto en el capítulo III Bis título cuarto de la ley federal del trabajo.
DECIMA TERCERA: Ambas partes convienen en que al vencimiento del término estipulado este contrato quedará terminado automáticamente sin necesidad de aviso ni de ningún otro requisito y cesaran todos sus defectos de acuerdo con el artículo. De la ley federal del trabajo.
DECIMA CUARTA: Ambas partes declaran que respecto a las obligaciones y derechos qué mutuamente les corresponden y que no hayan sido motivo de clausula expresada en el presente contrato se sujetan a las disposiciones de la ley federal del trabajo.
EL PATRON EL TRABAJADOR
TESTIGO TESTIGO
queda expresamente convenido que el trabajador actara en el desempeño de su trabajo todas las disposiciones del reglamento interior de trabajo. todas las ordenes, circulares y disposiciones que dicte el patrón y todos los ordenamientos legales que le sean aplicables
CUARTA: La duración de la jornada sera de 8 horario diarias de lunes a viernes con el siguiente horario (se especifica las horas) por lo que contribuye una jornada semanaria de (se especifican horas en total)
QUINTA: Cuando por circunstancias extraordinarias se aumenta la jornada de trabajo, los servicios prestados durante el tiempo establecido para las horas de trabajo normal.
Tales servicios nunca podrán exceder las las tres hora diarias y de tres días por semana;en la inteligencia de que el trabajador no esta autorizado para laborar el tiempo extraordinario, salvo que haya orden expresa y por escrito del representante del patrón en caso que se excedan las horas posteriores se pagaran triples, de acuerdo al ar.LFT6-No.-67 y 68.
SEXTA: El trabajador esta obligado a checar su tarjeta o a firmar las listas de asistencia a la entrada y salida de sus labores por lo que el incumplimiento d ese requisito indicara la falta injustificada a sus labores para todos los efectos legales ademas cumplirán con la función de ayudante de casina y las tareas de:
1.- De 7:00 am a 7:10 checa entrada
2.- De 7 10 a 7:30 lavado de manos, colocación de cofia y zapatos de seguridad.
3.- De 7:30 a 7:45 recoger las materias primas de almacenamiento como son: fruta, azúcar, pectina, ácido cítrico, colorantes naturales, rapaz, frascos, etiquetas cajas para empaque internas y externas.
4.- De 7:45 a 8:00 lavado y desinfectado de frutas.
5.- De 8:00 a 10:00 esterilizar y secado de frascos.
6.- De 10:00 a 10:30 refrigerio en el área del comedor.
7.- De 10:30 a 2:00 ayudar al cocinero en la elaboración de la mermelada.
8.- De 2:00 a 2:30 lavado de los utensilios de cocina incluyendo mesas y frutas.
9.- De 2:30 a 3:00 lavado de bata y colocado de zapatos en el locker.
10.- De 3:00 a 3:10 hecho checa salida.
SÉPTIMA: El trabajador percibirá , por la prestación de los servicios a que se refiere este contrato, un salario de $2000 pesos diarios, al cual se aplica la parte proporcional corres´pendiente al descanso semanal conforme a lo dispuesto en el articulo 69 de la ley federal del trabajo. el salario se le cubrirá los días sábados de cada semana laboral vencida en moneda de curso legal y en las oficinas del patrón estando obligado el trabajador a firmar las constancias de pago respectivas teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos de dicha ley.
OCTAVA: Por cada 6 días de trabajo el trabajador tendrá un descanso semanal de un día con pago de salario integro, conviniendo se en que dicho descanso lo disfrutara el día domingo de cada semana.
Tanbiem disfrutara de los días de descanso obligatorio con un pago de salario integro señalados en el articulo de la ley federal del trabajo que caiga dentro de la temporalidad de este contrato.
NOVENA: El trabajador percibiera por concepto de vacaciones una remuneración proporcionada el tiempo de servicios ´prestados con una prima del 25% sobre los salarios correspondientes a las mismas teniendo en cuenta el termino de la relación del trabajo con arreglo a lo dispuesto a los artículos 87 de la ley federal del trabajo.
También percibirá con base en un aguinaldo anual fijado en el equivalente a días de salario la parte proporcional al tiempo trabajado, conforme al párrafo segundo del articulo 87 de la ley laboral.
DÉCIMA: En caso de faltas injustificada de asistencia al trabajador se podrán deducir dichas faltas del periodo de presentación de servicios computables para fijar las vacaciones reduciendo ce estas proporcionalmente.
DÉCIMA PRIMERA: El trabajador conviene en someterse a los reconocimientos médicos que periódicamente ordene el patrón en los términos del articulo 134 fracción 10 de la ley federal del trabajo en la inteligencia de que ele medico que li practique sera declinado y retribuido por el patrón.
DÉCIMA SEGUNDA: El trabajador sera capacitafo en los términos de los planes y programas establecidos (o que se establezcan) por el patrón conforme a lo dispuesto en el capítulo III Bis título cuarto de la ley federal del trabajo.
DECIMA TERCERA: Ambas partes convienen en que al vencimiento del término estipulado este contrato quedará terminado automáticamente sin necesidad de aviso ni de ningún otro requisito y cesaran todos sus defectos de acuerdo con el artículo. De la ley federal del trabajo.
DECIMA CUARTA: Ambas partes declaran que respecto a las obligaciones y derechos qué mutuamente les corresponden y que no hayan sido motivo de clausula expresada en el presente contrato se sujetan a las disposiciones de la ley federal del trabajo.
EL PATRON EL TRABAJADOR
TESTIGO TESTIGO